No te dejes sorprender cuando circules por las calles del Distrito Federal, actualmente sólo existen mil 389 agentes de Tránsito autorizados para levantar infracciones.
Puedes consultar el nombre y número de placa de esos agentes en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal del 24 de febrero de 2011 o en internet.
Por ley, todos los elementos de Tránsito tienen la facultad de infraccionar, pero no están autorizados para hacerlo, e identificarlos es muy fácil.
El subsecretario de Control de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Pública capitalina, Luis Rosales Gamboa, explicó que dichos elementos tienen que portar un chaleco distintivo con la leyenda Autorizado para infraccionar, además de contar con el dispositivo electrónico Hand Heldpara levantar las infracciones.
“Si el elemento de Tránsito no tiene estos dispositivos no podrá detener la marcha de un vehículo”, explica Rosales.
El instrumento electrónico toma una fotografía que se guarda como evidencia de la falta al Reglamento de Tránsito Metropolitano.
También, dentro del mismo, se registran los datos del vehículo, del conductor, el motivo de la infracción y el artículo del Reglamento que se viola.
Sin estos distintivos no se puede detener a un conductor por faltas como hablar por teléfono celular, no llevar puesto el cinturón de seguridad o porque entorpezcan la circulación en los cruces de cortesía.
De los mil 389 elementos autorizados para levantar infracciones, 500 salen a vigilar las calles por cada turno, de los cuales 50 son motociclistas bien identificados, a estos se suma el personal de grúas.
En caso de ser detenido por algún elemento que no cuente con estos distintivos, se puede reportar al Centro de Atención del Secretario (CAS) 5208-9898, o al número de emergencia 066.
Además, Rosales Gamboa puso a disposición su teléfono celular para que los ciudadanos puedan solicitar auxilio y obtengan ayuda en tiempo real.
Otra recomendación que realizó el funcionario fue poner mucha atención en las infracciones rebuscadas, que son aquellas que para acreditarlas debe existir una infracción previa.
Por ejemplo, ningún elemento puede detener a un vehículo simplemente para verificar si trae licencia o no, esta infracción se deriva de otras, como pasarse una luz en rojo o estacionarse en lugares prohibidos, etcétera.
Por lo anterior, la recomendación por parte de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal es que revise el Reglamento de Tránsito Metropolitano, y que aprenda a distinguir a aquellos elementos de Tránsito que lo pueden infraccionar.
¿Cómo identificar a los elementos autorizados para infraccionar?
Por ley, todos los elementos de Tránsito tienen la facultad para levantar infracciones, sin embargo, no todos están autorizados. Sólo mil 389 uniformados lo pueden hacer.
Los agentes de Tránsito deben portar un chaleco distintivo con la leyenda Autorizado para infraccionar.
Deben de contar con un dispositivo electrónico denominado Hand Held,con el cuál registran las infracciones.
Todos los motociclistas de Tránsito están autorizados para infraccionar, sus nombres aparecen en la lista que les permite hacerlo, y cuentan con el dispositivo Hand Held.
Las grúas de Tránsito también están autorizadas para infraccionar, por ello transportan a un policía que cuenta con su Hand Held.
¿Qué pueden y qué no pueden hacer los agentes de tránsito?
Existen dos tipos de elementos de Tránsito, los autorizados y los no autorizados para infraccionar, ambos tienen funciones distintas.
Autorizados para infraccionar:
Son aquellos que se distinguen por su chaleco y su dispositivo electrónico, además de las grúas y los motociclistas.
Ellos están acreditados para detener la marcha de un conductor e infraccionarlo, previa violación al Reglamento de Tránsito Metropolitano.
Lo que no pueden hacer es realizar detenciones, para elaborar infracciones rebuscadas.
No autorizados para infraccionar:
Son aquellos que no cuentan con el dispositivo electrónico y tampoco portan el chaleco distintivo. Su función es regular el tránsito vehicular.
Ellos están facultados para dar indicaciones viales.
Lo que no pueden hacer es detener la marcha de un vehículo para infraccionar al conductor, pues no cuentan con los medios electrónicos para levantar sanciones.
Infracciones más comunes en el DF
Las cinco infracciones más recurrentes en la Ciudad de México son:
1.- Estacionarse en lugar prohibido (artículo 13). Se sanciona con multa de cinco días de salario mínimo.
2.- Invadir pasos peatonales y cruces de cortesía (artículo 8, fracción II y artículo 6, fracción III). Se sanciona con multa de cinco días de salario mínimo.
3.- Circular sin utilizar el cinturón de seguridad (artículo 5, fracción VI y artículo 16, fracción IX). Se sanciona con multa de cinco días de salario mínimo.
4.- Circular mientras se utiliza el teléfono celular o algún dispositivo de comunicación (artículo 6, fracción XI). Se sanciona con multa de cinco días de salario mínimo.
5.- Al servicio de transporte público, por circular con las luces interiores apagadas cuando ya oscureció (artículo 22, fracción VI). Se sanciona con multa de diez días de salario mínimo.